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Se encuentra vigente la Resolución 138/20

A partir de la Publicación en el Boletín Oficial de la Resolución Nº 138/20 el Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable dispuso, a efectos de garantizar la participación ciudadana en el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental que por el plazo de la Emergencia Sanitaria Nacional dictada por Ley N° 27.541, la participación prevista de manera presencial por la normativa vigente, deberá desarrollarse en modalidad virtual a través de la página web oficial de ese organismo.

Tal como lo expresa la Resolución antes mencionada, en su artículo 1º, se resuelve “Disponer  a efectos de garantizar la participación ciudadana en el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental de los Proyectos, Obras o Actividades enumerados en el Anexo V del Decreto N° 185/09 y sus modificaciones, que a partir de la entrada en vigencia de la presente y por el plazo de la Emergencia Sanitaria Nacional dictada por Ley N° 27.541, la participación prevista de manera presencial por el Capítulo VII del Anexo I del Decreto N° 185/09 y sus modificatorias, reglamentario de la Ley XI N° 35, deberá desarrollarse en modalidad virtual a través de la página web oficial de este Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable http://www.ambiente.chubut.gov.ar/ de acuerdo a los medios y al procedimiento detallado en el Anexo A que forma parte de la presente.”

Características de la participación ciudadana on line

Algunos de los aspectos más salientes del Anexo A mencionan que dicha participación se realizará con el alcance previsto en la normativa mencionada y a los mismos efectos, mediante un procedimiento que establece que “la Subsecretaría de Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable efectuará la publicación de la documental relacionada a los Estudios de Impacto Ambiental que se encuentren en etapa de evaluación técnica ante el organismo durante 30 días hábiles, en la página web de este Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable http://www.ambiente.chubut.gov.ar/ a los efectos de facilitar la participación de los interesados en realizar consultas u observaciones sobre los mismos.”

Por otra parte, menciona que “la publicación en la web será de acceso general, libre, gratuito y deberá contener las pautas bajo las cuales se deberán realizar las citadas consultas” y que “los interesados en realizar consultas u observaciones podrán dirigir las mismas al correo electrónico de referencia en la forma y a través de los medios que disponga la publicación”.

Tal como sucede en las instancias presenciales, “las preguntas serán respondidas por las personas designadas por los Proponentes, con facultades suficientes para responder por el mismo, brindando las explicaciones técnicas y legales que correspondan al Proyecto”.  A los efectos de la Evaluación de Impacto Ambiental en trámite, las preguntas y observaciones de los participantes tendrán una fecha límite de recepción, la que será informada a través de la Página Web al momento de la publicación del Estudio de Impacto Ambiental.

Finalmente, la norma indica que “las preguntas u observaciones de los participantes deberán imprimirse y adjuntarse al Expediente Administrativo, conjuntamente con las respuestas correspondientes, a los efectos de su consideración en el trámite de evaluación establecido por el Decreto N° 185/09 y sus modificaciones.