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En el marco de la Resolución N° 083/12-MAyCDS de auditorías ambientales de cierre, el Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable se encuentra realizando inspecciones pertinentes, con el objeto de identificar las condiciones ambientales de los establecimientos al momento del cierre o cambio de titularidad del establecimiento, a los fines de reducir los riesgos potenciales sobre el ambiente y obtener las empresas, en caso de corresponder, la aptitud ambiental por parte de esta Autoridad de Aplicación.

El contenido mínimo de la auditoría debe contemplar una descripción detallada de las actividades y de las instalaciones, relevamiento de residuos peligrosos, y monitoreos de suelo y aguas subterráneas, quedando facultada la Autoridad de Aplicación para exigir información adicional en caso de considerarlo necesario.

En este sentido, el equipo de inspectores se encuentra cotejando en campo lo presentado por las empresas, previo al cierre definitivo, elaborando las actas y posteriores informes, exigiendo a las empresas el cumplimiento de la normativa.