En el marco del procedimiento técnico – administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental establecido en la Ley XI Nº 35 y su Decreto Reglamentario Nº 185/09, respecto del proyecto de construcción de instalaciones para Relleno Sanitario de Residuos Orgánicos de la Industria Alimenticia y posterior Reúso como enmienda Orgánica, presentado por la empresa Arcante S.A, que se tramita por el Expediente Nº 1313 MAyCDS/17, la Subsecretaría de Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable, convoca a Consulta Pública a partir del día de la fecha y por el término de diez (10) días corridos. A partir de la presente Convocatoria, se halla a disposición de quien tenga interés, la Descripción Ambiental del Proyecto de la actividad indicada en el párrafo anterior, que podrá ser consultado en la sede del Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable en la dirección indicada más abajo los días lunes a viernes en el horario de 08:00 horas a 12:00 horas; en la página web de dicho organismo (www.chubut.gov.ar/ambiente) y en el Municipio de Trelew. Asimismo, los interesados podrán solicitar y/o retirar copia del mismo a su costa, en los lugares indicados anteriormente. Los interesados en participar de la Consulta Pública podrán enviar sus observaciones hasta la finalización del plazo establecido para la misma, por correo electrónico a evaluaciondeproyectosdgea@gmail.com , por correo postal a Irigoyen Nº 42 de la ciudad de Rawson, Código Postal 9103, o presentarlas personalmente en la sede del Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable en la misma dirección o en el Municipio de Trelew en la Dirección de Gestión Ambiental, sita en calle Mitre N° 73, código postal 9100.De acuerdo al Artículo 25º del Decreto Nº 185/09, las observaciones deberán contener los siguientes datos: nombre y apellido completos, numero de Documento Nacional de Identidad, domicilio, ciudad, número de teléfono, denominación de la obra o actividad y número de expediente si se conociere. Si fueran presentaciones por escrito, las mismas deberán estar firmadas.
Resp. nota Nº 125-18 – Parte 1