El Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable es la Autoridad de Aplicación de la Ley XI Nº 35 “Código Ambiental de la provincia del Chubut”

Como parte fundamental en sus tareas de control a través de sus equipos técnicos de inspectores ambientales se han detectado casos de afectación del suelo y contaminación del recurso hídrico subterráneo; gestión inadecuada de residuos peligrosos, así como también deterioro de las instalaciones de almacenamiento y expendio de combustibles.

Además de las acciones correctivas que se implementan a los distintos regulados, se identificó la necesidad de contar con normativa específica que establezca claramente pautas ambientales a cumplir en las bocas de expendio de combustible; ya que un manejo inadecuado en las operaciones de almacenamiento y expendio de combustible, genera riesgos y/o impactos ambientales negativos, debiendo en tales casos, adoptar medidas destinadas a evitar y/o minimizar y/o corregir los daños que pudieran ocasionarse a la salud de la población y el ambiente en general; lo que constituye un claro objetivo de sustentabilidad.

En el registro deben inscribirse la totalidad de bocas de expendio de combustibles líquidos que se encuentren dentro de la provincia, y cada una de ellas debe construir una red de monitoreo del recurso hídrico subterráneo, a fin de conocer si existen casos de contaminación, como así también en el suelo adyacente en las estaciones de servicio; en tales casos tienen el deber de remediarlo, con empresas habilitadas para tal fin. La normativa establece plazos para cada etapa, como así también lineamientos técnicos para llevar a cabo la red de monitoreo.

Podés conocer más acerca de la resolución N° 50/23 haciendo click en el siguiente link:

Resolucion Nº 50.23 MAyCDS – Registro Ambiental EESS (1)