Pago de Tasa Artículo 81

Según los establecido en la Ley XXIV-Nro-106, el artículo 81 fija valores en módulos de conceptos de Tasa de Evaluación de Impacto Ambiental.

¿Qué Tasa se debe abonar?
Ingresando al siguiente link de la Ley de Obligaciones tributarias XXIV-Nro-106, el artículo 81 posee varios incisos que indican el monto a abonar en cada uno. 

¿Cómo se debe hacer para abonar la Tasa?

Ingresando al siguiente link https://servicios.dgrchubut.gov.ar/modulos/tasas.php, completa sus datos personales y luego los datos del importe, donde deberá seleccionar:

  • Organismo: la opción “O – Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable” que corresponde a la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable;
  • Concepto: la opción de “Tasa Evaluación de Impacto Ambiental – Art. 81 LOT”
  • Descripción: describir la categoría que abona. 
  • Categoría: Seleccionar la categoría deseada del listado. (inciso “a”, “b”, “c”, “d”, “e” y “l” del artículo)
  • Importe Tasa: se coloca en forma automática en función de la categoría seleccionada. 

NOTA 1: Para las categorías que no se encuentren en el desplegable (incisos “f”, “g”, “h”, “i”, “j”, “k” y “m” del artículo) debe seleccionar: 

  • Concepto: la opción de “Otras Tasas”
  • Descripción: Indicar detalle del artículo e inciso que se va a abonar. 
  • Categoría: la opción de “Otros”
  • IMPORTE TASA: colocar el importe a abonar. Si no sabe cual es revise el listado en la pág. web en la sección trámites en la sección Pago de Tasas Establecidas en la Ley de Obligaciones Tributarias.

NOTA 2: Para emitir más de una boleta, presione tantas veces como sea necesario el botón “GENERAR BOLETA”.

¿Dónde me comunico ante cualquier duda?

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