Pago de Tasa de Sellado de Mesa de Entrada

Según los establecido en la Ley XXIV-Nro-106, el artículo 82 inciso q fija valores en módulos de conceptos de “Tasa de Sellado de Mesa de Entrada

¿Quiénes deben cumplimentar con este artículo?
Todos los usuarios que deban presentar documentación en el Ministerio.

¿Qué Tasa se debe abonar?
Ingresando al siguiente link de la Ley de Obligaciones tributarias XXIV-Nro-106, el artículo 82 inciso “q” puede hallar la indicación de los módulos a abonar (para el año 2024 es de 200 módulos, equivalente a $1500,00).

¿Cómo se debe hacer para abonar la Tasa?

Ingresando al siguiente link https://servicios.dgrchubut.gov.ar/modulos/tasas.php, completa sus datos personales y luego los datos del importe, donde deberá seleccionar:

  • Organismo: la opción “O – Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable” que corresponde a la actual Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable;
  • Concepto: la opción de “Otras Tasas”
  • Categoría: Tasa sellado mesa de entrada (casi al final del listado que se despliega).

NOTA: Para emitir más de una boleta, presione tantas veces como sea necesario el botón “GENERAR BOLETA”.

¿Dónde me comunico ante cualquier duda?